Comunicados UTalca

Acuerdo Consejo Académico Extraordinario


17 Marzo 2020


ACUERDO Nº 2501


VISTOS Y CONSIDERANDO:

  1. Lo planteado por el Presidente del Consejo Académico.
  2. La actual situación de propagación del virus COVID- 19 en el país y la necesidad de adoptar medidas eficaces de prevención.
  3. Los acuerdos N° 2499 y 2450 adoptado en sesiones extraordinarias N° 94 y 95 del Consejo Académico, de fechas 16 y 17 de diciembre de marzo, respectivamente.


SE ACUERDA:

  1. Aprobar las siguientes medidas a fin de contribuir a resguardar la salud de nuestros estudiantes y funcionarios académicos y no académicos y evitar la propagación del virus COVID- 19:
    1. Implementar la modalidad de teletrabajo para todos los funcionarios académicos, no académicos y colaboradores de la Universidad de Talca, a contar del 18 y hasta el 31 de marzo, ambas fechas inclusive.
    2. Bajo la modalidad referida los funcionarios y colaboradores velarán por dar cumplimiento a sus tareas de manera adecuada.
    3. Lo anterior no alterará las obligaciones ni horario del funcionario o colaborador y, por tanto, supondrá la obligación de registrar asistencia en un dispositivo móvil o equipo computacional, desde el domicilio del usuario, para cuyo efecto la Dirección de Tecnologías de la Información habilitará un sistema de marcación on line en la página web institucional.
    4. Se habilitará un sistema de transferencia de llamados a aquellos funcionarios o colaboradores que deban atender a público externo, los que serán definidos por cada jefatura e informados a la Dirección de Tecnologías de la Información.
    5. Para la realización de reuniones, se privilegiará la utilización de las aplicaciones Zoom, Webex y MS Teams, cuyo soporte será proporcionado por la Dirección de Tecnologías de la Información, debiendo remitirse una solicitud a la cuenta de correo electrónico reunionenlinea@utalca.cl para su utilización.
    6. Sin perjuicio de lo señalado en los literales a, b, c, d y e, cada unidad deberá definir sus servicios críticos que no pueden ser prestados bajo esta modalidad, pudiendo establecer sistemas de turnos y horarios de atención, teniendo presente lo indicado en acuerdo N° 2500, alcanzado en sesión extraordinaria N° 95 de fecha 16 de marzo de 2020, en el sentido de evitar aglomeraciones que superen las 20 personas.

    7. Los Directivos y Jefes de Unidad deberán realizar las labores que les resultan propias sin modificaciones de ninguna especie, debiendo salvaguardar adecuadamente la continuidad del servicio.
    8. Los funcionarios y colaboradores, que por la naturaleza de sus tareas, no puedan adoptar la modalidad de teletrabajo, en particular auxiliares y administrativos, deberán permanecer igualmente en sus hogares y estar disponibles ante cualquier requerimiento de sus jefaturas.
    9. La implementación técnica de la modalidad de teletrabajo tendrá una marcha blanca de tres días hábiles, a contar del 18 de marzo de 2020, orientada a subsanar las deficiencias que pudieran presentarse. Sin perjuicio de lo anterior, se materializará a contar de la fecha señalada.
    10. El Consejo Académico reitera la necesidad de actuar responsablemente en el cumplimiento de estas medidas, con miras a contribuir de manera efectiva a evitar la propagación del contagio.

  2. Aprobar el instructivo de teletrabajo en los términos establecidos en documento anexo, el que para todos los efectos se entiende formar parte integrante de la presente acta.